Un trabajo seguro depende de las medidas
preventivas que el empleador, debidamente asesorado por su ART, debe adoptar
para eliminar o aislar los riesgos laborales de cada puesto de trabajo. A tal
fin, la SRT ha establecido que al momento de contratar una ART todo empleador
deba realizar un Relevamiento General de Riesgos Laborales (RGLR), a partir del
cual la Aseguradora hará las recomendaciones correspondientes.
Este Relevamiento complementa otra serie de
registros de carácter obligatorio para los casos en que el tipo de industria o
servicio conlleva la manipulación o almacenamiento de sustancias de alto
riesgo. Estos registros son:
REGISTRO DE SUSTANCIAS Y AGENTES
CANCERÍGENOS
El 15 de abril de cada año vence el plazo
anual para que los empleadores se inscriban en el "Registro de Sustancias
y Agentes Cancerígenos", creado por la SRT. De modo que todos los
empleadores que produzcan, importen, utilicen, obtengan en procesos
intermedios, vendan y/o cedan a título gratuito los agentes y sustancias
considerados cancerígenos, deberán cumplir con esta obligación. La inscripción
debe efectuarse por medio de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART),
excepto en el caso de los Empleadores Autoasegurados, que deberán inscribirse
directamente ante la SRT. Asimismo, existe el compromiso de las ART de brindar
asesoramiento y ofrecer asistencia técnica a sus empleadores afiliados
comprendidos en esta obligación, con el propósito de fomentar su cumplimiento y
su correcta implementación.
REGISTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES INDUSTRIALES MAYORES
Es el medio instrumentado por la
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, a través del cual el empleador debe
informar con carácter de declaración jurada, cada uno de los establecimientos
en donde se produzcan, importen, utilicen, obtengan en procesos intermedios,
vendan y/o cedan a título gratuito sustancias o un grupo de sustancias
que puedan implicar un riesgo de accidente mayor, en función de las características
intrínsecas de la sustancia o grupo de sustancias y de la cantidad almacenada.
La exigencia de inscripción en el Registro
Nacional para la Prevención de Accidentes Industriales Mayores, está regulado
por la Resolución SRT Nº 743/03. La misma consigna en su Anexo I, el
listado de sustancias a declarar cuando se iguala o supera la cantidad umbral
indicada, y en su Anexo II, el Formulario de inscripción y su instructivo
correspondiente.
REGISTRO DE DIFENILOS POLICLORADOS
Gran parte de las medidas de prevención
dependen del tipo de actividad de la empresa, de la tarea que realiza el
trabajador y de la información al respecto. La entrega de Elementos de
Protección Personal certificados y su registración es otro aspecto importante
para lograr un Trabajo Seguro.
INFORMACIÓN SOBRE MEDIDAS DE PREVENCIÓN POR
ACTIVIDAD
ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
CERTIFICADOS
Es indispensable proveer elementos de
protección para todo el personal de acuerdo a las tareas que realiza. Estos
elementos deben estar certificados en los casos que existiera una certificación
para dicha categoría. Los dos únicos entes certificadores en la Argentina
reconocidos por la Secretaría de Comercio son IRAM (Instituto Argentino de
Normalización y Certificación) y UL (Underwriters Laboratories).
Por SRT