CUIDAR EL AMBIENTE ES RESPONSABILIDAD DE
TODOS
SEGURO AMBIENTAL OBLIGATORIO
EVITE SANCIONES
La Coordinación Ejecutiva de Fiscalización
Ambiental del OPDS ha comenzado a intimar a las industrias alcanzadas por la
Resolución de la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación
(SAyDS) N° 481/11, que hubieran obtenido el Certificado de Aptitud Ambiental ,
y que no hayan dado cumplimiento con la obligación establecida por el Art.22 de
la Ley 25.675, bajo apercibimiento de revocar el certificado que oportunamente
les fuera otorgado.
La citada resolución excluye de está
obligación a las actividades de menor impacto contaminante, cuyo nivel de
complejidad ambiental no supere los 14,5 puntos.
La Ley General del Ambiente, aprobada
en 2002, estableció que toda persona que realice actividades riesgosas para el
ambiente debe contratar un seguro, en tanto que la cartera ambiental precisó
las actividades industriales que quedan alcanzadas por esa obligación,
especificando cuáles son las más riesgosas de acuerdo a su complejidad.
Para ello se establecieron tres niveles,
que responden a partir de un puntaje, a factores relacionados con los efluentes
residuales, el riesgo, el sistema de gestión ambiental, sustancias
particularmente peligrosas, el rubro, la localización y la dimensión de las
empresas.
En el caso de las industrias identificadas
en el segundo y tercer nivel (mediana y alta complejidad ambiental), están
alcanzadas por el deber de contratar el seguro ambiental.
La modificación anunciada ahora reside en
el aumento en el puntaje en el nivel bajo, excluyendo de esta
manera a aquellas empresas que a pesar de no desarrollar ningún tipo de
actividad de mediana o alta complejidad ambiental, se encontraban en el segundo
nivel, por otras razones (rubro, dimensión, localización) ajenas a
criterios estrictamente ambientales, tales como los efluentes residuales.
También se habilita a las autoridades
locales a incluir en los niveles pasibles de seguro a establecimientos con
puntaje inferior, teniendo en cuenta variables como por ejemplo la
vulnerabilidad del lugar de emplazamiento (sitio muy urbanizado, cercanías a
fuentes de agua o lugares protegidos, etc), antecedentes negativos en el
desempeño ambiental, u otros criterios de riesgo.